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DEMENCIAL TANTA MOTO PARA TAN POCA GASOLINA:
AL FIN SABEMOS QUIENES LA PAGAMOS LA PRUEBA DEL ALGODÓN NO FALLA “A MENOS MULTAS MENOS GASOLINA” A ESTO LE LLAMO UNA BUENA RESPUESTA DE LOS AGENTES DE BOLIS Y PDA CAIDOS ANTE EL RECORTE DE SUS SUELDOS.
SIGAN ASÍ SRES. AGENTES, QUE ADEMÁS DE CONSEGUIR SUS LEGITIMOS PROPOSITOS IRAN DEJANDO CONSTANCIA, DE QUE LA BRUTAL PERSECUCIÓN EMPRENDIDA POR EL GOBIERNO CONTRA EL CIUDADANO/A MOTORIZADO, ES PURA Y DURA ACCIÓN RECAUDATORIA SIN QUE ESO CAUSE MEJORA EN LA SINIESTRALIDAD COMO LAS MISMAS ESTADISTICAS DE LA DGT, CONFIRMAN.
Bueno la pose del agente que controla el radar, no es muy ……..que digamos.
Bueno algunas denuncias, ya no serán tan graves.
Fuente: Revista Logística y Transporte
Transporte carretera – Martes, 27 julio, 7:00
LA INSPECCIÓN DE TRANSPORTE REBAJA LA GRAVEDAD DE ALGUNAS INFRACCIONES
* Los nuevos criterios serán aplicados por el Ministerio de Fomento y las Comunidades Autónomas.
Las Comunidades Autónomas han acordado modificar sus criterios sancionadores respecto a algunas infracciones en materia de transporte, que se aplicarán a partir de ahora:
1) Carecer de tacógrafo digital: no se sancionará a los vehículos que no lo llevaban instalado antes del 1 de mayo de 2006.
2) No pasar la revisión del tacógrafo: si se revisa en el plazo de meses desde que caducó, la infracción se reduce de 201 a 150 euros.
3) Carencia de discos tacógrafo a bordo del vehículo: si se aportan en un plazo de 15 días y no se detectan infracciones, la infracción se reduce de 2001 a 401 euros.
4) Carencia de papel para impresión de actividades del conductor: si no se detectan infracciones, la infracción se reduce de 1501 a 301 euros.
5) Utilización de discos tacógrafo no homologados con el aparato tacógrafo: se sancionará con un simple apercibimiento.
6) Descanso diario: se atenúa la infracción en caso de no haber exceso de conducción, si sigue descansando al cumplirse 24 horas desde el inicio de la jornada.
7) No llevar a bordo certificado de conductor de terceros países: si el conductor cumplía los requisitos pero no se solicitó, se rebaja la sanción de 1201 euros a 201 euros. Si había previamente solicitado el certificado y no lo ha obtenido, no se le sanciona.
9) No llevar extintores en correcto uso: el agente denunciante deberá detallar esas condiciones de no correcto uso, no siendo sancionado en caso contrario.